En el caso del vendedor, ¿debe pagar algún impuesto?
Cuando una persona obtiene ingresos por la enajenación de un inmueble, es decir su venta, debe pagar el Impuesto sobre la Renta (ISR). Este impuesto solo lo pagan las personas físicas y en muchos casos es el propio notario ante el que se realiza la compraventa quien lo retiene.
Existen algunos casos en los que es posible exentar el pago del ISR o deducir gastos que se restan a la ganancia por la venta del inmueble y, como resultado, se paga un menor impuesto o no se paga nada.
En el caso de las personas morales el ingreso también está gravado, pero se acumula junto con sus demás ingresos. Vale la pena mencionar que también existen personas morales no lucrativas obligadas a pagar este impuesto como si fueran personas físicas y, hay casos, en que algunas personas físicas que tributan con el régimen de actividad empresarial sí causan este impuesto, pero el notario no se los retiene. En estos casos en particular, por la complejidad del tema, es apropiado acudir a un notario para pedir asesoría.