Desalojos Forzosos, Lo que debes de saber

La Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus garantías en la Ciudad de México que fue publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 8 de febrero de 2019, ha generado una alerta en el mercado inmobiliario, sobre todo en la renta de departamentos en México.

Algunas opiniones y notas refieren que, en consecuencia, no se podrán realizar desalojos forzosos y los dueños perderán sus propiedades por el derecho humano a la vivienda adecuada.

Por esta razón, te explicamos a detalle a qué se refiere:

Artículo 60

“Para evitar que los desalojos forzosos o lanzamientos, violen, entre otros derechos, el derecho a una vivienda adecuada, podrán llevarse a cabo sólo en casos excepcionales…”

Estas excepciones se refieren a los arrendatarios que incumplan el pago del monto de renta o alguna de las cláusulas especificadas en el contrato o incluso muestren una negativa para entregar la posesión del inmueble al legítimo dueño, puede realizarse el proceso legal de desalojo que esté basado en las disposiciones de los pactos internacionales de los derechos humanos.

Así que, cuando un lanzamiento, tiene como finalidad la rescisión de contrato y es dictado por un Juez, ya se encuentra dentro de la legalidad porque dentro de un juicio, se respetan los derechos que son mencionados en el artículo: no existe discriminación y se evalúan las posibilidades necesarias para evitar que se use la fuerza pública.

Características de este tipo de juicios

-En el proceso, se deberá dictar una sentencia y se otorgan 5 días para que el inquilino voluntariamente lo desocupe.

-Es necesario que el aviso sea notificado de manera personal con la finalidad de que el inquilino tenga el conocimiento del mismo para que lo respete y cumpla de manera voluntaria.

-Se busca la gestión de lanzamiento o desalojo siempre invitando al inquilino a desocupar de forma voluntaria.

-Los Jueces llevan estos juicios de arrendamiento, evitan dictar medidas que incluyan el uso de la fuerza pública o el rompimiento de cerraduras sin asegurarse que el inquilino se opone al cumplimiento de esta orden judicial de desalojar el inmueble.

-En cuanto al párrafo, “las autoridades competentes deben garantizar el adecuado realojamiento de las personas sin recursos desalojadas, en un radio no mayor a 15 km tomando como centro el lugar de origen”, se refiere a que el Estado es el único encargado de hacer cumplir este punto y no se puede encomendar a los particulares.

En resumen:

El derecho que tienen los habitantes a una vivienda adecuada que está citado en el artículo 60 de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México no se refiere a la creación de un nuevo derecho, ya estaba asentado en los Tratados Internacionales de los que México forma parte.

Este artículo 60 tiene como objetivo minimizar y reducir los desalojos forzados que se llevan a cabo de manera ilegal y arbitraria.

Los ciudadanos pueden tener acceso a una vivienda adecuada tal cual lo dicta el derecho por medio del arrendamiento de un inmueble.

El artículo 60 también incluye que se pueden realizar los desalojos forzados en casos excepcionales. Con esto se refiere a que deberá seguirse un proceso legal adecuado que proteja y respete los derechos humanos de quienes están implicados en el conflicto.

Por lo que el derecho que se está contemplando de tener una vivienda adecuada no elimina o abusa el también derecho humano a la propiedad. Y no permite que los inquilinos se nieguen a pagar al propietario el monto de la renta o incentivar el incumplimiento de los inquilinos.

Si se llega al incumplimiento por parte del inquilino, el propietario o arrendador si puede solicitar la intervención legal para poder recuperar su inmueble de la forma descrita anterior, en donde se respeten los derechos humanos.

Por tanto, en Homie en todo momento garantizamos la estabilidad del o los inmuebles de los propietarios evitando que se comentan abusos por parte de los inquilinos. Con ello nuestra garantía de recuperación de un inmueble se encuentra intacta y estamos en facultad de ejercerla en máximo 4 meses, somos los mejores aliados, renta de manera segura y sin preocupaciones.

Homie reinventamos la renta.

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