4 problemas inmobiliarios y cómo resolverlos

Todo patrimonio es difícil de adquirir, por lo que no solo necesitas conservarlo, sino cerciorarte de que está seguro, es decir, que tengas la seguridad jurídica de que todo lo que tienes está legalmente en orden y que podrás comprobar su propiedad en el futuro.

Los notarios son los profesionales que te ayudan a lograrlo, pues te apoyan para revisar los documentos del inmueble y guiarte para resolver cualquier problema que puedas enfrentar. Hoy, el Colegio Nacional del Notariado Mexicano nos dice cuáles son los problemas más comunes:

1. Comprobar la propiedad del inmueble

Para vender u obtener algún crédito usando el inmueble como garantía es necesario comprobar que tú eres su dueño. La escritura pública es el único documento probatorio de tus propiedades inmobiliarias ante terceros y debe ser realizado ante notario público e inscrito en el Registro Público de la Propiedad. Por ello, si compraste una casa o departamento y no lo has escriturado debes hacerlo lo más pronto posible, lo contratos privados o poderes no son soluciones reales para probar tu propiedad. Para realizar este trámite deberás acudir a la notaria con el vendedor del inmueble, aunque hayan pasado muchos años desde que se llevó a cabo la compraventa, en caso de que no puedas hacerlo deberás entablar un juicio para probar la propiedad.

2. Recuperar las escrituras del inmueble

Si escrituraste y no tienes las escrituras puedes recuperarlas con el notario que hizo el trámite si éste fue hecho hace no más de 5 años; en caso de que haya transcurrido más tiempo deberás acudir al Archivo de Notarías o al Registro Público de la Propiedad de tu localidad o estado. Contar con el nombre y número del notario ante el que se realizó, número y fecha del instrumento público facilitará la búsqueda.

3. Dejarlo como herencia

El testamento es la herramienta legal apropiada para designar a quiénes serán los legítimos propietarios de tus bienes y propiedades al momento de tu muerte. El testamento debe ser otorgado ante notario público, puede hacerlo cualquier persona mayor de 18 años (en algunos estados se puede otorgar a partir de los 16), siempre y cuando esté en pleno uso de sus capacidades mentales, es un trámite sencillo, sólo tienes que acudir con una identificación oficial y responder algunas preguntas que te ayudarán a tomar decisiones. Si hiciste testamento y no tienes una copia acude al notario, quien te orientará y ayudará a recuperar esa información.

4. Recibirlo como herencia

La muerte de una persona provoca que todos sus bienes y derechos se encuentren en un estado temporal de ausencia de titular, hasta que se realiza un procedimiento sucesorio, ya sea ante juez o ante notario:

  • Lo primero que deberás saber antes de entablar un procedimiento sucesorio es si existe o no testamento. Si existe podrás realizar una sucesión testamentaria; si no, deberás proceder a una sucesión legítima o intestamentaria.
  • La sucesión testamentaria pueda realizarse ante notario si todos los beneficiarios (herederos o legatarios) son capaces, mayores de edad y no existen problemas o controversias entre ellos. En este caso los bienes, derechos, acciones y posesiones que tenía el fallecido al momento de su muerte serán transmitidos de acuerdo con las disposiciones establecidas en el testamento.
  • En caso de que alguno de los beneficiarios sea menor de edad o alguno de ellos no estuviera conforme con lo dispuesto en el testamento, deberá contratarse un abogado que inicie el trámite sucesorio ante un juez.
  • Si no existe testamento, puede realizarse en la mayoría de los estados un procedimiento sucesorio intestamentario ante notario si todos los herederos son capaces, mayores de edad y están de acuerdo sobre la forma en que se repartirá la herencia. En cualquier otro caso deberá contratarse un abogado que inicie el trámite sucesorio.

¡No lo dejes para mañana! Acude a un notario para revisar la situación legal de tus propiedades, el paso del tiempo hace más difícil resolver cualquiera de estos problemas.

Agradecemos esta colaboración al Colegio Nacional de Notariado Mexicano.

Fuente Vivanucios

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